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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3451
ALBACEAS, COMPROBACION DE LA PERSONALIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3451
No puede admitirse que la personalidad del promovente de un juicio, se compruebe por prueba indirecta, y cuando se trata del albacea de una sucesión, éste debe demostrar su carácter, con la copia certificada de su nombramiento, sin que baste la en que sólo aparezca que dicho promovente estuvo presente en una diligencia judicial, en su carácter de albacea.
Precedentes
Amparo civil directo 7739/38. Pérez Medina María de la Luz. 26 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.