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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3581
PRUEBA, INTERRUPCION DEL TERMINO DE, POR LAS VACACIONES DEL TRIBUNAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3581
El término probatorio se interrumpe por el período de vacaciones en los tribunales y sigue corriendo a partir de la fecha en que se reanudan las labores.
Precedentes
Amparo civil directo 6022/33. Compañía de Petróleo "La Texcoco", S. A. 27 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Tirso Sánchez Taboada no votó, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.