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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353319
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3589
ARRENDAMIENTO, EFECTOS DE LA RESCISION DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3589
La sentencia que decreta la rescisión del contrato de arrendamiento, no opera novación, pues ésta solamente puede llevarse a cabo voluntariamente por las partes, por medio de un nuevo contrato, en el que debe hacerse constar expresamente; y la rescisión del contrato de arrendamiento no extingue toda obligación a cargo del arrendatario, cuando éste sigue ocupando la finca.
Precedentes
Amparo civil directo 6214/39. Martínez Ubalda G. 27 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.