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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3758
EJECUCION DE SENTENCIAS EN AMPARO QUE AFECTAN A TERCEROS EXTRAÑOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3758
Contra los actos de ejecución de sentencias de amparo, es improcedente el juicio de garantías, aun cuando tales actos afecten a terceras personas, que no fueron parte en la contienda constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2959/41. Fuentes de Larios María. 28 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.