Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/353395
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4538
CAUSAHABIENTES, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4538
Si el carácter con que se ostentó en un juicio una persona, es el de dueño y poseedor de una construcción rematada, y como acreedor embargante de la misma, esto no quiere decir que también se le deba aceptar a la vez con la representación que diga tener de otra persona, si de autos no aparece demostrado que así sea, ya que los derechos que ésta le hubiera transmitido por virtud de un contrato, le pertenecen solamente como causahabiente, pero no como su representante, aunque ya hubiera fallecido, en virtud de no ser el albacea de su sucesión.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5093/40. Guerra Max y coagraviado. 12 de diciembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.