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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 112
ACTOS FUERA DE JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 112
Para que los actos judiciales puedan considerarse ejecutados en juicio, no es necesario que se haya contestado la demanda, ya que la palabra "juicio", en el artículo 107 constitucional, está empleada en su sentido lato, como es el de "conocimiento de toda causa en que el juez ha de pronunciar sentencia".
Precedentes
Amparo civil en revisión 63/27. Orvañanos y Quintanilla Fernando. 2 de julio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator. José M. Mendoza Pardo.