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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353454
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 926
PROPIEDAD, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 926
La copia certificada de una sentencia en la que se estima que una persona hizo al quejoso dación en pago con una finca, no prueba el derecho de propiedad de éste sobre la misma finca, por no tratarse de una sentencia que haya resuelto una contienda sobre propiedad, y que sólo demuestra que se extinguió la acción del actor basada en su crédito, y será necesario que se demuestre que el convenio tuvo por consecuencia la transmisión de la propiedad.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2139/41. Flores María del Refugio. 17 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.