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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353460
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1073
ARRESTO COMO APREMIO, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL, AUNQUE NO SE AGOTEN LOS RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1073
Aunque la resolución que manda hacer efectivo un arresto impuesto al quejoso, como apremio, admite el recurso de revocación, no procede sobreseer en el juicio de garantías en que se señale esa resolución como acto reclamado, pues siendo su efecto la privación de la libertad, es reclamable en la vía de amparo, aun cuando no se haya hecho uso de los recursos ordinarios, conforme a la jurisprudencia que aparece con el número 281, página 345, del Apéndice al Tomo LXIV, del Semanario Judicial de la Federación, aplicable sólo por analogía y en cuanto en ella se asienta que los ataques a la libertad, son reclamables en cualquier tiempo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 578/41. García Jesús. 21 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.