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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1150
AUDIENCIA DE AMPARO, QUEJA PROCEDENTE CONTRA LA NEGATIVA A DIFERIRLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1150
El auto por el cual el Juez de Distrito deniega la solicitud del quejoso para diferir la audiencia y dar lugar a la presentación de nuevas pruebas, admite el recurso de queja, de conformidad con lo dispuesto por la fracción VI del artículo 95 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1113/41. Avalos B. Jesús. 22 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hilario Medina.