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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1479
APELACION EN MATERIA SUMARIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1479
Las apelaciones en materia sumaria no admiten prueba de acuerdo con lo que disponen los artículos 714 y 715 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Distrito Federal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6310/38. Sucesión de Ignacio Amador. 25 de julio de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.