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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353515
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1721
DEMANDA, AMPARO CONTRA LA SENTENCIA QUE DECLARA EJECUTORIADO EL AUTO QUE LA TUVO POR CONTESTADA EN SENTIDO NEGATIVO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1721
Si se reclama en el amparo la sentencia que declaró procedente un incidente de apelación mal admitida y ejecutoriado el auto apelado, que tuvo por contestada en sentido negativo, la demanda relativa al juicio ordinario civil seguido en contra del quejoso, sobre nulidad de un contrato, debe estimarse improcedente el juicio de garantías, ya que en tal caso, el auto que tuvo por contestada en sentido negativo la demanda, no afecta en forma irreparable al quejoso demandado, ya que tal sanción no prejuzga sobre la posibilidad de que se dicte una sentencia absolutoria, que traería como consecuencia legal, la reparación del acto que le perjudica.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7093/39. López Guerrero Emilio y coagraviada. 30 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Mendoza Pardo.