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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2369
RECURSOS NO IMPUGNADOS, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA SENTENCIA EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2369
El hecho de no haber reclamado en amparo el auto que dio entrada a un recurso, no incapacita al quejoso para combatir en la vía constitucional, la resolución que lo decidió, ya que esta última providencia no constituye la reiteración del auto que dio entrada al recurso y cuyos efectos se concretan a mandarlo tramitar, para el fin de que sea resuelto en su oportunidad, como proceda legalmente, además de que dicho auto ni siquiera implica una calificación previa y definitiva del grado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 706/40. Ornelas Alejandrina y coagraviados. 12 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.