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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353562
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2369
ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2369
El amparo es improcedente contra actos derivados de actos consentidos, solamente cuando los actos reclamados son una repetición de los anteriores, pues no basta que una resolución o providencia sea consecuencia legal, forzosa o directa de otra anterior para que tenga aplicación la jurisprudencia que establece la improcedencia del juicio de garantías cuando los actos reclamados son derivados de otros que fueron consentidos.
Precedentes
Amparo civil en revisión 706/40. Ornelas Alejandrina y coagraviados. 12 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.