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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2435
HIJOS NATURALES, LEY APLICABLE PARA JUZGAR DEL RECONOCIMIENTO DE LOS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2435
Para juzgar del alcance jurídico del reconocimiento de un hijo natural, deben aplicarse las disposiciones legales bajo cuya vigencia tuvo lugar el acto, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11, transitorio, del Código Civil vigente en el Estado de Veracruz.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1077/41. Jácome Manuel Rosendo. 13 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.