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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3032
DOCUMENTOS MERCANTILES, LEY APLICABLE A LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3032
De acuerdo con la fracción II del artículo 2o. transitorio, de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, los derechos y obligaciones derivados de los títulos anteriores al 15 de septiembre de 1932, se regirán por las leyes anteriores, salvo lo dispuesto en las fracciones siguientes, y en la VI se previene que las acciones, las excepciones y los actos procesales se regirán por las leyes vigentes al tiempo en que se ejerciten las primeras; por tanto, si la acción para hacer efectivo un pagaré, se ejercitó durante la vigencia de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, es claro que los procedimientos relativos deben regirse por la misma ley.
Precedentes
Amparo civil directo 6251/35. López Canseco Juan. 25 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hilario Medina.