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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353607
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3096
EMBARGOS, PRELACION DE LOS, SOBRE LOS DERECHOS DEL COMPRADOR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3096
Los contratos que deben registrarse no surten efectos contra tercero, mientras no hayan sido inscritos; y si una compraventa se registra con posterioridad a la fecha en que se trabó embargo sobre el inmueble que se enajenó, dicha venta, aunque traslativa de la propiedad entre el comprador y el vendedor, no se puede oponer al embargante que adquirió derechos respecto del bien raíz vendido con anterioridad a la fecha en que se inscribió la compraventa.
Precedentes
Amparo civil directo 4121/36. Peláez Anaya Luis. 26 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hilario Medina.