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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3643
ESCRITURAS PUBLICAS, FUERZA PROBATORIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3643
Como no es el amparo el procedimiento en que debe estudiarse la validez o nulidad de las escrituras, y si por otra parte no se rinde ninguna prueba sobre que se hubiera declarado dicha nulidad por la autoridad común, debe sobreseerse en el juicio de garantías, si los quejosos sólo afirman conservar la propiedad y posesión de determinados bienes dados en posesión a otra persona, que acredita la propiedad de los mismos, con una escritura de compraventa, alegando aquellos quejosos que dicha escritura es nula, debiendo concluirse que los multicitados quejosos, no probaron tener la propiedad, ni la posesión de los terrenos que reclaman.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8407/40. Córdoba Gabino y coagraviado. 4 de septiembre de l941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.