Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/353671
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4374
JURISDICCION VOLUNTARIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4374
Las determinaciones de los jueces, dictadas en jurisdicción voluntaria, no causan estado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4155/39. Pola Angel. 18 de septiembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.