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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 5093
SUCESIONES, EMBARGO DE BIENES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 5093
Los derechos y acciones que corresponden a una sucesión, en los bienes de otra, pueden ser legalmente secuestrados en el juicio en que aquélla haya sido demandada; pero no sucede lo mismo respecto de las rentas de esos mismos bienes, si en el juicio sucesorio del que derivan los derechos de la sucesión demandada, no se ha llegado aún a la división y partición de bienes, pues si éstos no han sido adjudicados a alguno de los herederos en el propio juicio, es claro que las rentas de los mismos no corresponde percibirlas a la sucesión demandada, sino al albacea que hubiere sido designado en la otra sucesión.
Precedentes
Amparo civil en revisión 826/30. Mac Gregor Luis, sucesión de. 4 de noviembre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.