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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 5170
LETRAS DE CAMBIO, CADUCIDAD DE LAS, POR FALTA DE PROTESTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 5170
La falta de protesto sólo determina la caducidad de las letras de cambio en vía de regreso, en los términos de los artículos 160, 161 y 162 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, y en la vía directa sólo caduca un título de esa naturaleza, contra el aceptante por intervención y contra el aceptante de letras domiciliadas.
Precedentes
Amparo civil directo 2445/39. Aguilar Cenobio. 4 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.