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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353715
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 48
FIANZA, SUBSISTE AUNQUE SE RENUNCIEN LOS BENEFICIOS DE ORDEN Y EXCUSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 48
La calidad de fiador, esto es, de obligado subsidiario, no se pierde por el solo hecho de haber renunciado a los beneficios de orden y excusión, pues esto sólo tiene por objeto, fortalecer más la garantía prestada. Ninguno de esos beneficios legales mira a la esencia sino sólo a la naturaleza de la fianza, por lo que bien puede suprimirlos la voluntad expresa de las partes, sin que por eso deje de subsistir la fianza con todos sus elementos esenciales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2766/40. Duarte Couto Carmen. 1o. de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.