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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
353741
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 416

INSTRUMENTOS PUBLICOS, VALOR PROBATORIO PLENO DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 416

Precedentes

Amparo civil directo 909/40. Ezeta de Sordo Noriega Rosario. 8 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo XLIII, página 2774, tesis de rubro "INSTRUMENTOS PUBLICOS, SU VALOR PROBATORIO EN COHAHUILA.". Tomo XXXVIII, página 1688, tesis de rubro "INSTRUMENTOS PUBLICOS, FUERZA PROBATORIA DE LOS.".
Registro digital (IUS): 353741