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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 782
ACCION REIVINDICATORIA, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 782
Si el Juez da entrada a la demanda, sin que el actor en el juicio reivindicatorio llene el requisito consistente en acompañar su título de propiedad, no por eso queda relevado el demandante de la obligación de probar su acción, mediante la escritura respectiva o por la prescripción; de manera que el dominio puede ser reconocido y declarado en la sentencia, después de que las partes en el juicio han podido controvertir precisamente sobre ese dominio.
Precedentes
Amparo civil directo 2407/40. Martínez Felipa. 17 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Tirso Sánchez Taboada. La publicación no menciona el nombre del ponente.