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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353760
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1024
RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL EMPLEO DE MECANISMOS PELIGROSOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1024
El artículo 1913 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, adoptó la teoría del riesgo o de la responsabilidad objetiva, con arreglo a la cual, la obligación de reparar el daño ocasionado por el empleo de los mecanismos, instrumentos, aparatos o sustancias peligrosas a que dicho precepto alude, recae en quien los ha utilizado, ya sea directa o indirectamente.
Precedentes
Amparo civil directo 3668/38. Hernández Barrientos Francisco. 22 de abril de 1941. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.