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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1077
ACCION PAULIANA, REQUISITOS PARA LA PROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1077
El perjuicio a los acreedores es la causa determinante y la condición del ejercicio de la acción pauliana, y la procedencia de ésta requiere, además, que el acto realizado por el deudor haya producido insolvencia, o aumentado una insolvencia preexistente; por consiguiente, para que la acción pauliana sea posible, es necesario que el acto haya tenido lugar sobre un valor susceptible de embargo por los acreedores y comprendido en la prenda general de éstos.
Precedentes
Amparo civil directo 3392/35. Garza viuda de Guerra María de Jesús. 23 de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.