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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1442
COMPENSACION, EXCEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1442
De acuerdo con la fracción IX, del artículo 8o., de la Ley General del Títulos y Operaciones de Crédito, contra las acciones derivadas de un título de crédito, pueden oponerse las excepciones personales que tenga el demandado con el actor; y como la compensación de créditos constituye una excepción personal, es indudable que puede oponerse contra aquellas acciones.
Precedentes
Amparo civil directo 8210/40. Hernández del Valle Manuel. 30 de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.