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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1448
PROTESTO, SU OMISION NO PERJUDICA LA ACCION CAMBIARIA DIRECTA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1448
De conformidad con lo que establece el artículo 173 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la omisión del protesto por la falta de aceptación o de pago de dichos documentos, no perjudica a las acciones y derechos que el tenedor de los mismos, tiene en contra del que los suscribió.
Precedentes
Amparo civil directo 2932/39. Brauer Max. 30 de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.