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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2012
EMPLAZAMIENTO ILEGAL POR EDICTOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2012
Es ilegal el emplazamiento que se hace por medio de publicaciones por edictos, en un juicio de divorcio, porque la parte actora simplemente manifieste no tener conocimiento del domicilio del demandado, sin demostrarlo, y cuando además, se comprueba que la indicada parte actora había señalado en otro juicio, el domicilio de su contraparte, sin que las condiciones de hecho hubiesen cambiado en ese juicio, porque es legal suponer que no estaba en situación de ignorar el domicilio que alega desconocer. Por tanto, aquel emplazamiento es ilegal y consecuentemente violatorio de garantías, sin que obste que la manifestación de la ignorancia del domicilio, la haga el apoderado sustituto, porque es legal suponer que el mandante y el mandatario, están en constantes relaciones respecto del negocio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3756/38. Dyson Whitaker John. 6 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.