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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2076
TESTAMENTOS, IMPUGNACION DE LOS, POR MEDIO DE TESTIGOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2076
Si para impugnar la validez de un testamento, se presenta a un testigo, y éste declara que debido a la gravedad en que se encontraba el testador, no pudo actuar en la forma que consta en el documento público impugnado, debe desecharse ese testimonio, si el testigo no se encontraba presente en el momento del otorgamiento de la disposición testamentaria, pues esta circunstancia lo incapacita para apreciar el hecho sobre el cual declaró, máxime, si el mismo tuvo lugar mucho tiempo antes de que produjera su declaración.
Precedentes
Amparo civil directo 3050/38. Guerrero Inocencio. 9 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.