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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353833
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2077
INSTRUMENTOS PUBLICOS, IMPUGNACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2077
Para desvirtuar la fuerza probatoria de todo instrumento público, se necesitan elementos probatorios más poderosos que los del instrumento que se trata de destruir, y por lo mismo, la prueba testimonial no puede servir para ese efecto.
Precedentes
Amparo civil directo 3050/38. Guerrero Inocencio. 9 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XXXVI, página 1325, tesis de rubro "INSTRUMENTOS PUBLICOS, FUERZA PROBATORIA DE LOS.".
Tomo XI, página 850, tesis de rubro "INSTRUMENTOS PUBLICOS.".