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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2552
RETROACTIVIDAD.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2552
La Suprema Corte de Justicia ha sustentado la tesis de que al celebrarse un contrato se crea una situación jurídica concreta, que no puede destruirse por una nueva ley, si no es incurriendo en el vicio de retroactividad; por tanto, las obligaciones nacidas bajo el imperio de la ley antigua, deben subsistir con los caracteres y las consecuencias que la misma ley les atribuye.
Precedentes
Amparo civil directo 7249/40. Toledo María Dolores. 19 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.