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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2559
TESTIGOS, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2559
Si al recibir el juzgador la prueba testimonial, no preguntó a los testigos si tenían o no, interés en el asunto, o amistad o enemistad con las partes, o si eran parientes de las mismas, tal deficiencia no es imputable al oferente de la prueba.
Precedentes
Amparo civil en revisión 480/41. Gómez Alfredo. 19 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Cuarta Parte, Volumen 42, página 103, tesis de rubro "PRUEBA TESTIMONIAL, DEFICIENCIAS EN LA RECEPCIÓN DE LA, NO IMPUTABLES AL OFERENTE.".