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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2565
CONVENIOS, REQUISITOS FORMALES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2565
El hecho de que el escrito por el que el actor en un juicio ejecutivo común, solicita que se de por terminado el propio juicio, con todas las consecuencias de hecho y de derecho que en el mismo escrito se precisen, no aparezca redactado en los términos usuales de un convenio, no quiere decir que no tenga este carácter, si es que también esta suscrito por el demandado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6343/40. Torres Abraham. 19 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.