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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353864
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2649
HIPOTECAS, DE DONDE DERIVAN LOS DERECHOS DE LOS ACREEDORES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2649
Los derechos que adquiere el acreedor hipotecario, no se derivan exclusivamente de la posesión que se le otorga del inmueble, sino de la expedición y fijación de la cédula hipotecaria y del mandamiento correspondiente, hecho en el sentido de prohibir cualquier embargo, toma de posesión u otro acto que entorpezca el juicio hipotecario.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7951/38. Suire Ernesto. 20 de junio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.