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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353883
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2882
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2882
El emplazamiento hecho por medio de edictos publicados en el periódico oficial de un Estado, en un juicio de divorcio instaurado por el marido en contra de su esposa, en lugar diverso al en que está constituido el domicilio conyugal, es ilegal, y por lo mismo ineficaces los actos procesales, ejecutados en dicho juicio, inclusive la sentencia que decrete el divorcio y los tendientes a la ejecución de la misma, porque contravienen las disposiciones contenidas en el artículo 121 constitucional, en sus fracciones I y II, que limitan la aplicación de las leyes de un Estado a su propio territorio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8127/40. Castellanos de González Lucila. 24 de junio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.