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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353887
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2940
JUICIOS SUMARIOS HIPOTECARIOS, LEYES APLICABLES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2940
El procedimiento en un juicio sumario hipotecario, seguido ante un juzgado de esta capital , debe sujetarse a los términos de la ley procesal del Distrito Federal, sin que obste que los bienes hipotecarios se encuentran ubicados en un Estado; por lo que si el Juez del conocimiento expidió la cédula hipotecaria respectiva, con arreglo a la ley citada, obró correctamente, aunque la ley del Estado de la ubicación de los bienes, no señale este procedimiento; lo que indica que esa cédula debe necesariamente surtir todos sus efectos legales, entre ellos los que señalan los artículos 478 y 484 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorio Federales, que no tiene otro objeto, que el de salvaguardar los derechos del acreedor hipotecario.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1683/36. Figueroa José. 26 de junio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.