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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
353905
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 3256

COMPETENCIA, CASOS DE PROCEDENCIA DEL AMPARO, TRATANDOSE DE CUESTIONES DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 3256

Precedentes

Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7923/40. Saldaña María Luisa. 15 de marzo de 1941. Mayoría de tres votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no intervino en la discusión y votación de este asunto, por las razones que se expresa en el acta del día. Disidente: Tirso Sánchez Taboada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 353905