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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 3302
USUFRUCTO, EXTINCION DEL (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 3302
Al venderse a una misma persona la nuda propiedad de un inmueble sobre el cual tenía el derecho de usufructo, se reúnen en el adquirente las calidades de propietario y de usufructuario, y por tanto se produce la consolidación de la propiedad y se extingue el usufructo, de acuerdo con lo dispuesto por la fracción IV del artículo 925 del Código Civil del Estado de Jalisco, de 1887, y también conforme a lo que previene la fracción VI del mismo precepto, si se considera esa operación como renuncia del usufructuario.
Precedentes
Amparo civil directo 6255/39. Sanromán Navarro Paz. 25 de abril de 1941. Mayoría de tres votos. Disidentes: Tirso Sánchez Taboada e Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.