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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 271
PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 271
La prueba pericial es violatoria de garantías, cuando el sentenciador no usa su prudente arbitrio al calificar el dictamen rendido, por apartarse de la aplicación de los principios inflexibles de la lógica, que es el límite marcado para dicha apreciación.
Precedentes
Amparo civil directo 6439/36. Mendoza José Albino y coagraviado. 20 de enero de 1941. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Tirso Sánchez Taboada. La publicación no menciona el nombre del ponente.