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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353931
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 514
SENTENCIAS, CUMPLIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 514
No puede obligarse a una de las partes a cumplir con una sentencia, mientras la otra no cumpla a lo que fue condenada.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7231/40. Rojas Fausto T., sucesión de. 25 de enero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Tirso Sánchez Taboada no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.