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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353936
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 555
INFORME PREVIO, SU VALOR PROBATORIO PARA LOS EFECTOS DE LA SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 555
Si las autoridades responsables en sus informes previos, niegan la existencia de los actos reclamados, y el quejoso no aporta prueba alguna en demostración de lo contrario, es inconcuso que no hay materia para conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7921/40. Velázquez Cipriano. 25 de enero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.