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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 728
EMBARGOS, EFECTOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 728
El embargo no otorga al ejecutante derechos reales sobre la cosa, porque no son esos los efectos del embargo, sino los de individualizar, mediante el señalamiento de bienes, la garantía que la totalidad del patrimonio de un deudor constituye, en lo general, para responder de las obligaciones personales de éste.
Precedentes
Amparo civil directo 2875/38. Banco Nacional de Crédito Agrícola, S. A. 30 de enero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.