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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353968
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1138
PATRIA POTESTAD, SUSPENSION RELATIVA A LA, EN EL JUICIO DE DIVORCIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1138
Procede conceder la suspensión en el juicio de divorcio, para el efecto de que no se prive a una de las partes de la patria potestad de sus hijos, ni se les prive de alimentos, a los que tienen derecho, mientras se falla en definitiva el negocio principal; suspensión que debe concederse previa fianza, para responder del daño y de los perjuicios que le resulten al tercero, con la indicada medida.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8498/40. Berriozabal de Tirado Bertha. 8 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CV, página 2758, tesis de rubro "PATRIA POTESTAD, SUSPENSION DE SU ENTREGA.".