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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 353976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1185
AGRAVIOS, CONCEPTOS DE VIOLACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1185
Si en un agravio no se precisa el concepto de la violación de las disposiciones legales que se citan, es imposible determinar si se incurrió o no en la indebida aplicación o interpretación de tales preceptos.
Precedentes
Amparo civil directo 1236/36. Ontiveros Hilario. 10 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 55, tesis 31, de rubro "AGRAVIOS EN LA REVISION.".