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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1579
CONYUGE SUPERSTITE, NO LE CORRESPONDE LA ADMINISTRACION DE LOS BIENES DE QUE ERA COPROPIETARIO (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1579
Como el capítulo relativo a la copropiedad, del actual Código Civil de Veracruz, no prevé si la administración de los bienes que hayan pertenecido en copropiedad a un matrimonio, muerto uno de los consortes, corresponde al cónyuge supérstite, debe concluirse que es violatorio de garantías el auto que mande poner a dicho cónyuge supérstite en posesión de los bienes de que era copropietario.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7028/40. Diez Zorrilla Manuel, sucesión de. 17 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.