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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1651
JUICIOS VERBALES, RECURSOS CONTRA LOS AUTOS DICTADOS EN LOS (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1651
Es inexacto que el artículo 807 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla se refiera sólo a las resoluciones definitivas, pues expresamente establece el recurso de queja contra los autos y sentencias dictadas en los juicios verbales.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6658/40. Arroy Gregorio. 18 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.