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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354010
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1761
SALARIO, INEMBARGABILIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1761
No es exacto que el 95 de la Ley Federal de Trabajo, contraríe lo dispuesto por el artículo 123 de la Constitución Federal, que sólo exceptúa de embargo, compensación o descuento, el salario mínimo, pues si bien dicho el artículo 95, se va más allá del precepto constitucional citado, y prohibe, en general, el embargo del salario de trabajador, con ello no contraría el espíritu y la finalidad de la disposición constitucional, que tiende a asegurar un mínimo de elementos de vida, como base del patrimonio inafectable del trabajador.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7600/40. Gutiérrez Juan José. 19 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.