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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354014
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1816
PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1816
El juicio de garantías por su naturaleza, que es la de mayor buena fe en su sustanciación, no consiente una interpretación rigorista, por lo que, en atención a ese espíritu de libertad, no puede decirse que deba tenerse por insubsistente la prueba testimonial rendida en amparo, por la circunstancia de que no se hubiera hecho un ofrecimiento expreso y formal de dicha prueba, en la audiencia relativa, si la misma se ofreció y rindió con anterioridad, conforme a las reglas establecidas por la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7300/40. Pérez Daniel y coagraviados. 20 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.