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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354039
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2107
ENDOSATARIOS EN PROCURACION, AMPARO IMPROCEDENTE PEDIDO POR LOS, EN CASO DE CONDENACION EN COSTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2107
Es improcedente el juicio de amparo que se interponga contra la resolución que condene al quejoso en las costas en un juicio, si dicha condena no se le impuso en lo personal, sino en su carácter de endosatario al cobro, del título de crédito que motivó el mismo juicio, pues en tal caso, no puede decirse que el acto reclamado afecta los intereses jurídicos del quejoso, ya que debe entenderse que la condena recae propiamente en el dueño del documento endosado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7621/40. García Beltrán Atanasio. 26 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.