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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 354070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2835
MANDATARIO, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2835
No es exacto que los servicios del mandatario tengan el carácter de actos de tracto sucesivo, puesto que la representación del mandante sólo ocurre cuando hay lugar a ejercerla y no de momento a momento y, por lo mismo, la prescripción del derecho a exigir el pago de los servicios prestados no corre desde la fecha de la revocación del mandato, sino desde la en que se prestaron dichos servicios.
Precedentes
Tomo LXVII, página 4234. Indice Alfabético. Amparo directo 7776/38. Torres Gómez Antonio. 17 de marzo de 1941. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Francisco Barba.
Tomo LXVII, página 2835. Amparo civil directo 3589/40. Compañía Agrícola Monterrey, S. A. 13 de marzo de 1941. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Tirso Sánchez Taboada.